Juicios por ajuste de haberes en las Fuerzas: la industria del juicio y la falta de integridad

Los organismos públicos del estado cuentan con diversas normativas. Estas suelen ser mas o menos antiguas, pero se debe en ocasiones realizar un ajuste de ciertos cambios.

Estos ajustes muchas veces salen por decretos, que buscan equiparar el sueldo, o permitir un sueldo acorde a la función.

En el caso de las fuerzas armadas, de seguridad y policiales, estos ajustes se realizan mediante diferencias de conceptos en los recibos de haberes.

Pero esto no es automático. Sino que estos suplementos deben ser solicitados por los particulares. Es decir, una persona puede estar trabajando de jardinero, pero si no hace el reclamo administrativo para cobrar como jardinero, no cobrará dicho suplemento.

Una vez realizado el reclamo, en caso de que este no sea asignado puede pedir la vía judicial, e incluso puede pedir algunos años hacia atrás como “devengo”.

Al mismo tiempo hay otro concepto que es el denominado “juicio de blanqueo”, el mismo implica que los conceptos de los recibos de sueldo sean incorporados al sueldo básico.

¿Porque sucede esto?, porque el estado nacional con la finalidad de “ahorrar” dinero (también se podría denominar por algunos como fraude), cuenta con un sueldo básico ínfimo. Luego hay diversos conceptos que son incorporados como “no bonificables” o “no remunerativos”, en consecuencia no van hacia la caja de retiros o haberes, ni tampoco sufre diversos impuestos. En conclusión no se hace correctamente el reajuste de haberes.

Como se comentó, hay una arbitrariedad en dos sentidos:

  1. Las personas que hacen tareas y deberían tener asignado un suplemento sin tenerlo.
  2. Las personas que deben cobrar sus haberes en blanco y no lo tienen, requiriendo realizar un reclamo administrativo y luego judicial.

Pero estas arbitrariedades tienen un sentido claro. El que reclama cobra, el que no reclama se embroma.

El estado nacional, y a la vez la justicia, deben ser imparciales, justos y equitativos. En fin: deben ser íntegros.

Lejos están estas instituciones de serlo: el que no llora no mama -como dice el tango.

Ahora bien, ¿quién se beneficia con estos “juicios de blanqueo”? Pues todos los que participan en la milonga.

Para hacer un juicio de blanqueo se requiere básicamente un abogado. El cual va a cobrar un porcentaje más allá de lo que defina el juez respecto de las costas. Y otros tantos items en conceptos de gastos.

Por parte del gobierno, siempre se va a interponer o apelar las medidas dictadas por los jueces, y se va a ir a Cámara, lo cual va a decir que lo que indicó la primer instancia es correcto.

En conclusión, autoridades de la Procuración del Tesoro de la Nación van a permitir y validar esa rosca jurídica, ese desgaste del sistema y esos beneficios para toda la industria del juicio.

Y si, se habla de industria del juicio porque si los jueces fallan varias veces de la misma forma, en vez de convalidar un dictamen o una acción de clase, se prefiere que se sigan haciendo juicios.

¿Quiénes son las autoridades de la Procuración del Tesoro de la Nación?

Según se observa en la web son:

  • Director Nacional de Dictámenes ( Dr. Gustavo Eduardo SILVA TAMAYO ),
  • Subdirectora Nacional de Dictámenes ( Dra. Virginia LYNN ),
  • Directora Nacional de Asuntos Judiciales ( Dra. María Fernanda ARCURI ),
  • Subdirector Nacional de Asuntos Judiciales ( Dr. Eduardo Javier GONZÁLEZ ).

Pero acá también hay otros actores involucrados, en el caso de las fuerzas federales de seguridad el cargo de la Coordinación de Política Salarial de las Fuerzas Policiales y de Seguridad se encuentra vacante, pero dependen de la Subsecretaría de Gestión Administrativa quién se encuentra Lic. Ana Haydeé FLAMARIQUE y a su vez depende de la Secretaría de Coordinación, Bienestar, Control y Transparencia Institucional quién está Mag. Daniel FIHMAN.

Así las autoridades del Ministerio de Seguridad de la Nación Argentina, conducido por Sabina Frederic, coordinan las asignación de salarios con este manejo no equitativo hacia su personal.

Por parte del ministerio de Defensa, conducido por Agustín Rossi, no hay un área de “Políticas Salariales”, pero si una Coordinación de Bienestar del Personal de las Armadas coordinada por Lic. Marcela Leonor OVEJERO que a su vez depende de la Secretaría de Estrategia y Asuntos Militares cuyo secretario es Agrim. Sergio Aníbal ROSSI.

Ahora bien, uno pensaría que una vez resuelto el tema, y ya los decretos considerados desde la justicia como remunerativos ya está pues no.

Ejemplo de Juicio Blanqueo que se observa en CIJ

El Estado Nacional tiene una práctica recurrente, y genera otro decreto con nuevos conceptos para invalidando parcial o totalmente el anterior para que no se agote nunca la materia prima de juicios contra el estado.

Y ahí vuelve todo el circuito: personal de fuerzas policiales, de seguridad y armadas van de nuevo a los abogados a pedir blanqueo por decreto “tal o cual”.

Un par de años luego, surge el blanqueo, el abogado cobra sus costos y la persona tiene blanqueado su salario.

Nuevamente el problema surge: no todo el personal realiza el blanqueo ni todo el personal cuenta con los mismos conceptos más allá que les pueda o no corresponder.

Es decir, pueden haber dos personas que hagan el mismo trabajo pero por diversas cuestiones cobren diametralmente distinto. Incluso una persona que hizo un reclamo y otra que no pueden cobrar distinto más allá de hacer el mismo trabajo.

Es ahí donde el estado fomenta y potencia la falta de integridad. Desde lo estructural y desde el diseño.

Donde recibe el que se queja, el que se entera o el que sabe que puede reclamar. El que no se embroma, por gil.

Hoy resulta que es lo mismo
ser derecho que traidor
Ignorante sabio o chorro
generoso o estafador

Cambalache

Esta industria del juicio, inmoral, inequitativa, injusta y sin integridad, es producto de una falta de controles y auditorías internas y externas.

Por un estado ausente, que cuenta con sistemas diseñados para que sea así.

Basta simplemente con realizar un análisis de las bases de datos de los sueldos, para determinar y controlar uno por uno si corresponden o no los conceptos, si hay concordancias con las áreas o las funciones.

Las áreas de personal o recursos humanos, que no realizan los correspondientes controles, los ministerios de los cuales dependen cada fuerza y los abogados del estado nacional que validan el reiterativo accionar sin la búsqueda de resolución del problema de raíz muestra en última instancia la desidia estructural.

Lejos de las pautas de ética pública, no se busca un bien general, sino una injusticia general, salvo los que reclamen.

Al mismo tiempo que la justicia debe avalar acciones de clase, para cortar de raíz con este tipo de problemas.

Pero muchos están en el baile, en la milonga, ¿que harían varios abogados si no pueden hacer estos juicios? ¿Donde están los tribunales de ética de los colegios de abogados? ¿Donde están las asociaciones de fiscales? ¿Donde están los gremios y sindicatos?

Es claro que muchos viven de los problemas ajenos, y muchos prefieren mantener esos problemas de forma activa y permanente.

¿Alguién podrá solucionar el problema de raíz de los juicios? Este problema se puede ver en los constantes decretos del poder ejecutivo nacional, que funcionan como parches temporales que al mismo tiempo generan grandes beneficios para abogados litigantes.

Los mismos son:

  1. 1104/05
  2. 1095/06
  3. 871/07
  4. 1053/08
  5. 751/09
  6. 1305/12
  7. 245/2013
  8. 855/2013
  9. 614/2014

En efecto, como se observa 9 decretos como parches, más muchos anteriores que hay para realizar aumentos de sueldo, blanqueos u otras cuestiones que la justicia ya considero varias veces pero que el estado nacional decide una y otra vez litigar, produciendo más gastos y no resolviendo el problema de forma certera y definitiva pudiendo usar dichos recursos de la justicia para cuestiones más relevantes.

¿Cuantas personas de las fuerzas realizan juicios al estado por reajuste de haberes? ¿Cuantas personas ganan el juicio? ¿Que porcentaje del personal representan? ¿Cuantos funcionarios ganan por estas “trampas de injusticia”?

Es bastante difícil pensar que las fuerzas de seguridad y las fuerzas armadas puedan defender una nación si La Nación los trata de esta forma y deban reclamar le al estado por estas trampas legales.

¿Que acciones realiza la Sindicatura General de la Nación -SIGEN- cuyas autoridades son Cr. Carlos Antonio Montero, Dra. Irma Miranda y Dr. Máximo Borzi de Lucía para resolver este problema?

¿Cuales son las normas de control interno que aplica la SIGEN? ¿Que informes y reportes muestra al respecto?

Un estado ineficaz, ineficiente que por acción u omisión validan que un mismo problema sea recurrente y no permite una resolución del problema de raíz es en última instancia cómplice de estos actos que para muchos es el problema estructural de la Argentina: la corrupción.

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